reprogramar deudas

Requisitos para reprogramación de deudas

Luego de llegar a un acuerdo con el Ejecutivo, el Congreso aprobó un proyecto de ley con el que se podrá acceder a reprogramación dedudas y congelamiento debido a la crisis sanitaria y económica por el COVID-19.

Lo primero que debes tener en cuenta es que las entidades financieras decidirán voluntariamente si brindan o no esta facilidad a sus deudores. Por lo que el Gobierno ha creado un programa de garantías por 5.5 millones de soles.

Las mypes y personas naturales que quieran acogerse a este beneficio deben considerar que:

  • Los creditos personales y de mypes que podrán ser reprogramados deben ser de consumo, hipotecarios o vehiculares.
  • Las coberturas establecen márgenes entre el 40% y 80% según el cumplimiento del cronograma de pagos.
  • Si la tasa de interés es de 10% debe reducirse en 15%.
  • En caso esté entre el 11% y 30% se rebaja un 20%.
  • Si es mayor a 31% se rebajará en 25%.
  • La reprogramación tiene un mínimo de 6 meses y un máximo de 36 meses.
  • La garantía se aplicará en 90 días calendario en los atrasos de créditos reprogramados.

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Requisitos para acceder a la reprogramación de deudas:

  • Las personas o mypes deben presentar una calificación entre normal o con problemas potenciales al 29 de febrero del 2020.
  • Para los creditos personales y de consumo, las dedudas no deben superar los 10 mil soles al 31 de agosto del presente año.
  • Las personas o mypes que accedieron a Reactiva Perú, FAE-mype, FAE-Turismo, FAE-Agro o algún otro programa de garantía quedan excluidos de este beneficio.
  • Para los creditos hipotecarios quedan excluidos los créditos Mi Vivienda.
  • Los créditos hipotecarios no deben superar los 250 mil soles y aplicará solo a la primera y única vivienda.
  • Los vehiculares no deben superar los 50 mil soles.
  • Las dedudas de mypes no deben superar los 20 mil soles al 31 de agosto.
  • De cumplir con todos lo criterios la persona o mype deben enviar una solicitud a la entidad financiera con la que se mantiene la deuda para reprogramarla o congelarla.
  • En caso de congelamiento de deuda no debe haberse efectuado ningún pago en los tres meses previos a la publicación de la ley.

No pueden acceder a la reprogramación o congelamiento de deudas:

  • Las mypes que mantengan deudas tributarias de cobranza coactiva mayores a una UIT al 29 de febrero de este año.
  • Las personas naturales o jurídicas que estén inhabilitados por el Tribunal de Contrataciones del Estado o comprendidos en la ley sobre reparación civil o en casos de corrupción y delitos conexos.
  • Las personas o mypes que hayan presentado documentos falsos o declaraciones juradas inexactas.
  • Funcionarios públicos .

¿Qué es una reprogramación de deuda?

Una reprogramación de deuda es la facilidad que te permitirá extender el plazo para pagar tu deduda, para esto la entidad financiera deberá elaborar un nuevo cronograma de pagos.

Diferencias entre reprogramación y refinanciamiento de deudas

  • La refinanciación se da cuando el deudor tiene parte del crédito vencido.
  • La reprogramación no deteriora tu calificación crediticia, la refinanciación sí.

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