La nueva Ley Nº 32413, recientemente publicada, permite a los trabajadores de los sectores público y privado recibir el pago de sus haberes y otras obligaciones laborales mediante billeteras digitales, como una alternativa al uso de cuentas bancarias tradicionales. Esta medida representa un paso importante hacia la inclusión financiera y la modernización de los medios de pago en el país.
Según explica al diario El Peruano el abogado laboralista Juan Valera, esta modalidad requiere el acuerdo expreso entre empleador y trabajador, ya sea al momento de firmar el contrato laboral o posteriormente. El objetivo es que el trabajador pueda optar libremente por la billetera digital si considera que esta resulta más conveniente para su gestión económica personal.
El uso de billeteras digitales, sin embargo, mantiene los mismos principios y garantías que el pago tradicional. Esto incluye la inembargabilidad de las remuneraciones y pensiones hasta por cinco unidades de referencia procesal (URP), salvo en casos de pensiones alimentarias, en que el embargo puede alcanzar hasta el 60% de los ingresos.
La norma, según El Peruano, también precisa que las billeteras digitales deben estar vinculadas a cuentas de ahorro en el sistema financiero o a cuentas de dinero electrónico supervisadas por las autoridades competentes. Estas últimas cuentan con regulación específica en cuanto a límites, respaldo de fondos y mecanismos de seguridad.
Finalmente, se ha establecido un plazo máximo de 90 días calendario para la aprobación del reglamento de esta ley, que permitirá su implementación efectiva en el corto plazo.
Con esta disposición, el Estado peruano busca facilitar el acceso a servicios financieros formales, reducir la dependencia del efectivo y fomentar la bancarización de miles de trabajadores.