Alternativas para invertir la CTS

Retiro CTS: alternativas para invertir ese dinero y generar ganancias

Hasta el 31 de diciembre del 2023 es posible retirar el 100% de la Compensación por el Tiempo de Servicio (CTS), por lo que muchos todavía están pensando qué hacer con ese dinero para utilizarlo sabiamente.

La CTS es un pago para un fondo de contingencia contra el desempleo, “se entrega para que pueda ser usado por el trabajador una vez que culmine el vínculo laboral con la empresa”, explica Javier Gamboa, gerente de Seguros de Vida Financieros y Pensiones de RIMAC.

En Perú, existen distintas alternativas de inversión dependiendo del apetito y tolerancia al riesgo. ‘’Si el objetivo es preservar su capital, probablemente productos como depósitos a plazo o seguros de inversión sean los más adecuados”, compartió Gamboa.

¿En qué productos financieros se puede invertir?

Las opciones van desde los tradicionales depósitos a plazo y fondos mutuos, bonos o acciones hasta los más recientes seguros de ahorro e inversión que te permiten acceder a tasas garantizadas relativamente más atractivas.

¿Qué tipo de producto de inversión conviene?

El tipo de producto financiero en el que se recomienda invertir depende fundamentalmente del perfil de riesgo, el horizonte de inversión y el objetivo de rentabilidad. Luego de esta evaluación, “la idea es que el dinero trabaje para nosotros y no nosotros para él”, recomendó el experto.

“Los más conservadores deberían enfocarse en seguros de ahorro y devolución o depósitos a plazo (siempre buscando la mayor rentabilidad al menor riesgo), mientras los moderados podrían inclinarse por Seguros de Inversión ”, detalló el experto.

La rentabilidad

Gamboa aseguró que el porcentaje de rentabilidad dependerá del tipo de inversión y el riesgo que se asuma para él, añadiendo que se debe apostar a tasas entre 4% y 5%. Es importante apostar por compañías sólidas que brinden el respaldo y garantía.

¿Cómo calcular y quiénes reciben CTS?

La CTS equivale en promedio a una remuneración anual, la cual debe ser depositada por el empleador a favor del trabajador en un 50%, tanto en el mes de mayo de cada año como en el mes de noviembre. Es decir, en mayo la empresa deberá pagar alrededor de medio sueldo adicional en tu cuenta de CTS. La CTS se paga solo a los trabajadores del régimen laboral privado que trabajan en promedio, como mínimo, una jornada mínima diaria de 4 horas.

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