Cláusulas y otras recomendaciones para cuidarte de los morosos

¿Alquilas una vivienda? Cláusulas y otras recomendaciones para cuidarte de los morosos

La jueza de paz letrado de la especialidad civil de la Corte de Lima Sur, Patricia Rumiche Gonzales, recomendó a los arrendatarios de inmuebles hacer uso de del Registro de Deudores Judiciales Morosos (Redjum) para conocer el historial crediticio de sus futuros inquilinos. Esta plataforma del Poder Judicial permite conocer si alguna persona tiene sentencias por deudas con el Estado o privados.

“El Registro de Deudor Judicial Moroso es una buena herramienta para tener en cuenta no solo para arrendar, si no para otorgar préstamos, y conocer si esa persona cumple con sus obligaciones o no lo hace”, expresó la jueza.

Se puede acceder al Redjum a través de la página web del Poder Judicial (www.ppj.gob.pe) y realizar la búsqueda de la persona natural, persona jurídica, con el documento de identidad o con el periodo correspondiente a la fecha en que se registró al deudor judicial moroso.

Se procede a la inscripción del deudor judicial moroso si este persiste con el incumplimiento del pago de la deuda generada por el alquiler en el plazo establecido mediante resolución judicial.

“Cuando ya estamos en ejecución y no logramos hacer efectiva la obligación a resarcir, apercibimos (advertimos). No paga, consentimos una resolución y enviamos un formato al registro (…); el registro es usado cuando ya no hay otra forma de ejecutar su obligación (pago), los inscriben como un cierto castigo para que las demás personas tengan conocimiento de la deuda impaga”, explicó.

DESALOJO CÉLERE

La magistrada también recomendó incluir en los contratos la ‘cláusula de allanamiento a futuro’, lo que origina que el proceso de desalojo sea célere, estableciendo plazos breves para que los juzgados de paz letrado emitan una sentencia.

“Una vez que admitimos la demanda, le otorgamos seis días para que la parte demandada acredite que su contrato está vigente, en caso fuera la ‘cláusula de allanamiento futuro’ por vencimiento de contrato o que acredite que se encuentre al día en pago del arrendamiento. Si no acredita la vigencia del contrato y estar al día con el pago, emitimos un auto final para proceder a la restitución del inmueble en un plazo de 15 días, bajo apercibimiento de lanzamiento (desalojo)”, explicó.

La magistrada Patricia Rumiche Gonzales indicó que para ejecutar la ‘cláusula de allanamiento a futuro’ el contrato de alquiler debe tener firmas legalizadas del propietario y ocupante del inmueble.

En el artículo 585 del Código Procesal Civil se establece el procedimiento sumarísimo y las causales para la restitución y/o devolución de un predio.

Asimismo, la demanda de desalojo se presentará ante los juzgados de paz letrado cuando la renta no supera de forma mensual las 50 Unidades de Referencia Procesal (URP). Una URP equivale a S/515.00.

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